Publican las ayudas a empresas y autónomos de los sectores de la hostelería afectados por la covid-19
- 2 febrero, 2021
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Se ha publicado con fecha 2 de febrero de 2021, en el Diario Oficial de la Comunitat Valenciana, el DECRETO 17/2021, de 29 de enero, del Consell, de aprobación de las bases reguladoras y concesión directa de ayudas a empresas y personas trabajadoras autónomas de los sectores de la hostelería, tanto alojamiento como restauración, agencias de viaje, actividades artísticas, recreativas y de ocio, por la Covid-19, con el objeto de convocar ayudas dirigidas a apoyar la viabilidad económica de las empresas y personas encuadradas en el régimen de trabajadores autónomos de la Seguridad Social afectadas por la Covid-19, para reforzar su continuidad y posibilitar el mantenimiento de sus trabajadores y trabajadoras. Podrán ser beneficiarias de estas ayudas: a) Las empresas y personas encuadradas en el régimen de trabajadores autónomos de la Seguridad Social que, a la fecha de publicación de este decreto, dispongan de al menos una cuenta de cotización con personas trabajadoras en alta y cuya actividad económica se clasifique en alguno de los códigos de la CNAE-09 relacionados en el anexo. b) Las personas encuadradas en el régimen de trabajadores autónomos de la Seguridad Social que desarrollan en la Comunitat Valenciana una actividad económica clasificada en alguno de los códigos de la CNAE-09 relacionados en el anexo. CNAE-09 a los que se dirigen las ayudas:5510 Hoteles y alojamientos similares5520 Alojamientos turísticos y otros alojamientos de corta estancia5530 Campings y aparcamientos para caravanas5590 Otros alojamientos5610 Restaurantes y puestos de comidas5621 Provisión de comidas preparadas para eventos5629 Otros servicios de comidas5630 Establecimientos de bebidas5914 Actividades de exhibición cinematográfica7911 Actividades de las agencias de viajes7912 Actividades de los operadores turísticos7990 Otros servicios de reservas y actividades relacionadas con los mismos8230 Organización de convenciones y ferias de muestras9001 Artes escénicas9002 Actividades auxiliares a las artes escénicas9003 Creación artística y literaria9004 Gestión de salas de espectáculos9102. Actividades de museos9103. Gestión de lugares y edificios históricos9311 Gestión de instalaciones deportivas9312 Actividades de los clubes deportivos9313 Actividades de los gimnasios9319 Otras actividades deportivas9321 Actividades de los parques de atracciones y los parques temáticos9329 Otras actividades recreativas y de entretenimiento La cuantía de las ayudas serán: Para las personas o entidades beneficiarias a que hace referencia la letra a) la cuantía de la ayuda ascenderá, por cada persona que a la fecha de publicación de este decreto figure de alta con contrato laboral en los códigos de cuentas de cotización de la Comunitat Valenciana y siempre que estén vinculadas a alguno de los CNAE relacionados en el anexo, con el límite de 12.000,00 euros por código de cuenta de cotización, a 600,00 euros en el caso de contratos a jornada completa y a 300,00 euros en el caso de contratos a jornada parcial. Para las beneficiarias a que hace referencia la letra b) la ayuda ascenderá a 600,00 euros. Tenga en cuenta que: El plazo para la presentación de solicitudes se iniciará a las 09.00 horas del 4/2/2021 y finalizará a las 23.59 horas del 17/2/2021 Las solicitudes se presentarán de forma telemática en la sede electrónica de la Generalitat (a través del procedimiento «EMPCOV 2021 Apoyo a la viabilidad de empresas y personas trabajadoras en régimen de autónomo afectadas por la Covid 19») La solicitud se realizará en dos trámites: en el primer paso se solicitará la fecha y la franja horaria para presentar la solicitud (sin necesidad de disponer de firma electrónica) y en un segundo paso se presentará la solicitud con la documentacion requerida. Estará disponible toda la información en la web de LABORA y se habilitará un acceso a la sede electrónica para formular la solicitud. Pulsando aquí se puede consultar la publicación oficial. |