Educación convocará las oposiciones a Infantil y Primaria en 2022
- 8 abril, 2020
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El Real Decreto 84/2018 hace referencia a aspectos como los temarios, temas a elegir en los exámenes, baremo de méritos, etc., para las oposiciones que se han celebrado estos últimos años.
El acuerdo de la Comisión General da vía libre al aplazamiento de las oposiciones docentes en el sistema educativo valenciano pactado entre la Conselleria de Educación y los sindicatos docentes con motivo de la imposibilidad de celebrar este año las oposiciones previstas de Secundaria y otros cuerpos por el estado de alarma sanitaria.
Hay que recordar que la Generalitat acordó el pasado 27 de marzo con representantes sindicales que las oposiciones de Secundaria y otros cuerpos, que debían arrancar el próximo 18 de junio, se aplazan hasta junio de 2021, manteniéndose las mismas condiciones. Se trata de 4.295 plazas, de las que 3.575 son de libre acceso.
Asimismo, las oposiciones previstas en 2021 para Infantil y Primaria, en las que se convocarán inicialmente alrededor de 2.500 plazas, se aplazarán hasta 2022 con las condiciones actuales marcadas en el mencionado Real Decreto 84/2018, tal como se ha decidido este miércoles en la Comisión General de Educación.
Contenidos y evaluación
Tal como ha comunicado el martes la Generalitat a la comunidad educativa valenciana, “es muy importante que, durante las vacaciones de Pascua, se analicen con calma” las tareas que se están proponiendo al alumnado y que se continúe avanzando en la coordinación de las tutorías con sus respectivos equipos educativos, para que el conjunto de las tareas propuestas sea asumible por el alumnado.
Por todo ello, además de la reflexión general sobre las tareas que hay que desarrollar mientras dure la suspensión de la actividad educativa presencial, Educación de la Generalitat ha pedido a la comunidad educativa que, para los próximos días no lectivos, no se propongan nuevas tareas curriculares al alumnado, sino que se mantengan los contactos con el alumnado y sus familias.
Además, en la comunicación del martes se volvía a incidir en la carta enviada el 27 de marzo: “Es fundamental que las tareas que marque el profesorado sirvan para reforzar y consolidar los aprendizajes efectuados en los dos primeros trimestres del curso, fomentando las rutinas de trabajo y manteniendo el hábito de estudio, estableciendo horarios y ayudando a las familias a llevar este confinamiento de la mejor manera posible. No podemos, ni queremos, exigir que desarrolléis los mismos aspectos del currículum que durante un período de clase presencial”.
“Sabemos que es imposible y, incluso en los casos en que no lo fuera, podría ser perjudicial por la desigualdad de acceso real y efectivo a los medios telemáticos de una parte importante de nuestro alumnado. Por este motivo es imprescindible adaptar lo que se ha previsto para el último trimestre del curso en las programaciones didácticas a la práctica posible y real en estas circunstancias, con el fin de seleccionar exclusivamente los contenidos que se consideren más relevantes para el desarrollo de las competencias básicas en la educación obligatoria y aquellos que se consideren imprescindibles para el alumnado que finalizará un ciclo de Formación Profesional, Bachillerato o las otras enseñanzas postobligatorias”, según la carta.
En cuanto a la evaluación del alumnado de las diferentes etapas y niveles educativos, Educación de la Generalitat está trabajando de manera coordinada con el Ministerio de Educación y las otras comunidades autónomas para adaptar las normas relativas a la evaluación a la situación actual, analizando los diferentes escenarios en función de cuando se pueda volver a la actividad educativa presencial.
Por tanto, se comunicarán las decisiones en los momentos oportunos, sin embargo, en todo caso, de la misma manera que se hizo con la prueba de acceso a la universidad, la evaluación en los diferentes niveles y etapas educativas se adaptará al proceso de enseñanza y aprendizaje que se haya podido hacer a lo largo de todo el curso, teniendo en cuenta el tiempo que dure la actividad educativa no presencial y que no todo el alumnado ha tenido las mismas condiciones de acceso al currículum ni de apoyo que sí que tiene mientras se ejerce la actividad educativa presencial.