Economía convoca ayudas por más de 7,5 millones en materia de Comercio, consumo y artesanía para 2021
- 17 diciembre, 2020
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La Consejería de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo ha publicado en el DOGV la resolución por la que se efectúa la convocatoria anticipada para el ejercicio 2021 de las ayudas en materia de Comercio, consumo y artesanía.
El importe total estimado de estas ayudas asciende a 7.585.000 euros y van destinadas a pymes, entidades intermedias en materia de Comercio y artesanía, entidades locales y asociaciones y federaciones de consumidores y usuarios.
El objeto de estas ayudas es incrementar la competitividad, la innovación y la calidad en estos sectores económicos y la información y defensa de las personas consumidoras, a través del fomento de la cooperación interadministrativa, la adaptación de infraestructuras, la transformación digital mediante el impulso del Comercio electrónico, y la mejora del equipamiento, la gestión y servicios, tanto en las áreas urbanas como en entornos rurales.
El consejero de Economía Sostenible, Rafa Climent ha manifestado que “este año hemos reforzado las ayudas al Comercio y la artesanía, ya que se encuentran entre los sectores más vulnerables de nuestra economía, con el objetivo también de paliar los efectos negativos ocasionados por la pandemia y favorecer su mantenimiento y recuperación “.
El plazo para la presentación de solicitudes será desde el 11 de enero hasta el 1 de febrero de 2021, y únicamente se podrá realizar por vía telemática a través de la sede electrónica de la Generalitat.
Gastos susceptibles de ayuda
Esta convocatoria dirigida a pymes, entidades intermedias, entidades locales y asociaciones y federaciones de consumidores y usuarios, va destinada a cubrir una serie de gastos susceptibles de recibir financiación.
En el caso de las pymes:
– Avalamos Artesanía: Son susceptibles los gastos de participación como expositora en certámenes feriales, incluidos los realizados fuera de la Comunidad Valenciana, de carácter predominantemente artesano, como los gastos de alquiler de espacio y stand, montaje , desmontaje, decoración y rotulación de este.
Asimismo los gastos derivados de la protección del producto, diseño o marca y los de incorporación de diseño en la definición y ejecución del producto; la confección y edición de catálogos de producto, en cualquier soporte, incluido el coste del alojamiento en la web, y las acciones de promoción de producto, a través de cualquier medio promocional.
También son susceptibles de ayuda la asistencia a cursos especializados de formación en diseño, calidad y especialización en su oficio, a su actividad artesana, organizado por entidades formativas, independientemente del lugar en que se realizan.
– Empleamos Comercio: los gastos corrientes derivados del mantenimiento de un establecimiento comercial con nueva titularidad o de la implantación de una actividad comercial en un local en el que, con anterioridad, se haya desarrollado actividad económica.
– Avalamos Comercio: las inversiones en equipamiento para el establecimiento comercial y la implantación de la venta ‘online’ segura o su integración en una plataforma en línea de Comercio electrónico.
– Avalamos Comercio Rrural: las inversiones en equipamiento para el establecimiento comercial, incluyendo las aplicaciones informáticas y los gastos derivados de la creación de una página web, vinculada al establecimiento, si su fin es implantar la venta ‘online’ segura o su integración en una plataforma en línea de Comercio electrónico, en los establecimientos situados oa implantar en los municipios de menos de 1.000 habitantes de la Comunidad Valenciana.
– Avalamos Mercados: Las pymes dedicadas a la venta en mercados de venta no sedentaria, si disponen de autorización municipal, podrán obtener una ayuda para la realización de inversiones en la adaptación de vehículos de transporte como de la tienda, o en la instalación de equipo de frío para el transporte y la venta de productos de alimentación.
Las ayudas a entidades intermedias en materia de Comercio y artesanía se destinarán a:
– Agrupaciones de profesionales de la artesanía, sin ánimo de lucro.
– En la contratación o mantenimiento de personal técnico que realice las funciones de gerencia comercial.
– Agrupaciones de profesionales del Comercio, sin ánimo de lucro.
– Renovación del mercado municipal, mediante la introducción o la mejora de equipamiento o instalaciones que repercutan directamente en la actividad comercial.
– Agrupaciones de profesionales del Comercio tengan carácter sectorial y el objetivo principal sea la de central de compras y servicios para los profesionales del Comercio integrados.
Las ayudas a entidades locales en materia de Comercio y artesanía podrán financiar:
– La implantación o mantenimiento de espacios expositivos permanentes destinados a la promoción de la producción artesanal en su ámbito competencial.
– La creación o mantenimiento de las Agencias para el Fomento de la Innovación Comercial.
– La renovación de mercados municipales, mediante la introducción o la mejora de equipamiento o instalaciones que repercutan directamente en la actividad comercial y la adaptación del área colindante de los mercados municipales o de áreas urbanas de concentración comercial.
– Adaptación de las infraestructuras necesarias para el ejercicio de la venta no sedentaria, mediante la introducción o la mejora de equipamiento o instalaciones que repercutan directamente en la actividad comercial en convivencia armónica en espacios multifuncionales.
– La realización de estudios en mercados municipales, mercados de venta no sedentaria o en un espacio urbano de concentración comercial que, previo análisis de la situación de partida y estudio de necesidades actuales y futuras, determine las inversiones y acciones a desarrollar para conseguir un funcionamiento viable, sin nuevas inversiones, a medio plazo.
Las ayudas a entidades locales en materia de consumo van dirigidas a aquellas que cuentan con Oficina Municipal de Atención al Consumidor, o Junta Arbitral compartida.
Las ayudas a asociaciones y federaciones de consumidores y usuarios van destinadas a aquellas que prestan sus servicios durante un mínimo de 25 horas semanales de forma presencial en locales abiertos al público.