Confinan Elda y Petrer durante 14 días

  • 6 noviembre, 2020
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Confinan Elda y Petrer durante 14 días

Marta Ortega/Valle de Elda

La pandemia del coronavirus avanza en Elda y Petrer sin control y las medidas que hasta ahora se han implantado para frenar los contagios tanto por parte de los Ayuntamientos como por parte de la Generalitat Valenciana no han funcionado. Por eso, hoy el presidente de la Generalitat, Ximo Puig, anunciará el cierre perimetral de ambos municipios como una conurbación o núcleo único. Ningún ciudadano sin justificación pertinente podrá entrar o salir de Elda-Petrer. Son los únicos municipios de la Comunidad Valenciana confinadas.

Este confinamiento perimetral tendrá una vigencia de 14 días naturales a contar desde hoy 6 de noviembre a partir de la medianoche. Esta noticia se ampliará a lo largo de la mañana, tras la comparecencia de de Ximo Puig.

Nuevas restricciones

  • Se prorroga la medida de restricción de entrada y salida de personas del territorio de la Comunitat Valenciana, adoptada en el Decreto 15/2020, de 30 de octubre, del president de la Generalitat, durante siete días naturales más, en los términos especificados en el mismo. Se incluyen, entre las excepciones contempladas en el punto segundo de dicho decreto, los desplazamientos de los deportistas, entrenadores, jueces o árbitros federados, para realizar actividades deportivas federadas de competición oficial, debidamente acreditados mediante licencia deportiva o certificado federativo.
  • Declarar, con carácter transitorio, el confinamiento de los municipios de Elda y Petrer, si bien considerando a ambos, en su conjunto, como un único núcleo poblacional, y restringiendo la entrada y la salida de personas de dicho núcleo poblacional, durante un periodo de catorce días naturales, contados a partir del momento que se determina en el apartado 2 de la disposición final única de este decreto. A dichos confinamientos se aplicarán las mismas excepciones que están previstas para el confinamiento perimetral de la Comunitat Valenciana en el apartado segundo del Decreto 15/2020, de 30 de octubre, del president de la Generalitat, por el que se adoptan medidas temporales y excepcionales en la Comunitat Valenciana, como consecuencia de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19 y al amparo de la declaración del estado de alarma (DOGV 8940, 30.10.2020), y en el apartado primero del presente decreto.
  • Más información https://www.valledeelda.com/noticias/16465-epp20.html

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