CC.OO obliga a rectificar el proceso de estabilización del profesorado del Conservatorio de Villena

  • 19 julio, 2024
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CC.OO obliga a rectificar el proceso de estabilización del profesorado del Conservatorio de Villena

El juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 3 de Alicante ha fallado estimando  íntegramente los recursos presentados por los servicios jurídicos del sindicato en  representación de dos profesoras. 

Fuerte varapalo para el Ayuntamiento de Villena, especialmente para el presidente del Patronato  del Conservatorio Profesional y Banda Municipal de Música de Villena. El ayuntamiento  convocó el proceso de estabilización de 22 plazas de profesorado de música a fin de dotar de  personal fijo y estable todas las contrataciones temporales de larga duración, y es un hecho que  no se discute, según la sentencia judicial, que los puestos de trabajo en el centro estaban  catalogados de forma genérica, sin la existencia de especialidades y habilitando al profesorado  a impartir la docencia, para cuyo acceso solo se exigió en su momento el hallarse en posesión  de un Título de Grado Medio, sin que se exigiera una titulación específica en función de la  asignatura a impartir. Cada profesor impartía indistintamente cualquier asignatura según las  necesidades. Resulta importante el hecho que esta situación en el Conservatorio no se había  cuestionado ni resuelto adecuadamente ni por la Dirección del Conservatorio ni por la  Inspección educativa de la Conselleria de Educación hasta ese momento.  

Sin embargo, el Ayuntamiento de Villena en resolución de fecha 14 de febrero de 2023,  confirmó íntegramente las Bases Específicas del proceso selectivo de estabilización de 22  plazas de profesorado del Conservatorio, estableciendo unos requisitos de titulación  específica no ajustados a Derecho y que dejaban sin posibilidad de obtener la condición de  aspirantes al proceso a las dos profesoras afectadas, y que tal y como ha fallado la sentencia,  deja bastante claro al Ayuntamiento que ni una Oferta de Empleo Público ni mucho menos una  convocatoria de un proceso selectivo puede crear, ordenar, modificar o extinguir puestos de  trabajo ya existentes. La potestad de autoorganización tiene límites.  Sobre estos hechos, Comisiones Obreras ya advirtió de la irregularidad del procedimiento  que quería llevar a cabo el Ayuntamiento, tanto en Mesas generales de negociación como  coordinando a través de la representación legal de las personas trabajadoras en el Conservatorio,  la presentación de recursos de reposición en fecha 20/01/2023 por 13 trabajadores/as del  Conservatorio denunciando unas Bases Ad Hoc del proceso selectivo de estabilización de  empleo para aprovechar la circunstancia de dicha oferta de empleo público, por prever la  modificación de las jornadas de trabajo del personal en unas Bases en lugar de negociarlo  mediante convenio así como haber manipulado la realidad organizativa convocando plazas que  no existían, dado que todas eran de profesorado de música, sin especialidades. La respuesta  que se obtuvo fue la resolución nº 2023000010, firmada por la Secretaría del Ayuntamiento,  desestimando todos los recursos, y en la que se argumentaba que “el proceso de  estabilización regulado por la Ley 20/2021no puede excepcionar el requisito del cumplimiento  de la norma que regula la actividad docente.” Para Comisiones Obreras una excusa, lo primero  era dotar de estabilidad en el empleo las plazas del profesorado y con posterioridad regularizar  las especialidades de la docencia ajustándolas al marco normativo, y no al revés.  

La postura inflexible del Ayuntamiento, un ejemplo más de la inexistencia de una  negociación real y efectiva, provocó que algunos de aquellos docentes que llevaban décadas de  antigüedad desempeñando su labor en el centro e impartiendo diferentes asignaturas hayan  tenido que salir del Conservatorio y todavía en proceso de ser indemnizados. Sin embargo, el  tribunal ha estimado íntegramente la demanda de las docentes afectadas, dejando sin efecto y  anulando todo el proceso y obligando a retrotraerlo a la redacción, de nuevo, de las bases.  Las consecuencias económicas de la mala praxis, lamentablemente, no las pagan quienes la han  promovido. El juzgado condena en costas al ayuntamiento, cuyo gasto saldrá del bolsillo de  todas las villenenses. A esta sentencia no sólo se acogerán las dos profesoras afectadas, que reclamarán el abono del salario dejado de percibir en caso de obtener la plaza cuando se tenga  que repetir el proceso, sino que podrá hacerlo otros profesores interinos de larga duración que  no han obtenido plaza por hechos similares; cabe la posibilidad que docentes nuevos que acaban  de conseguir plaza, como terceros afectados, y que han renunciado a otros puestos de trabajo,  queden indefensos y tengamos también que solucionarles la situación.

La sentencia admite recurso de apelación ante el TSJ de la Comunidad Valenciana, y  fuentes informan al sindicato que el Ayuntamiento va a recurrir la misma. Para Comisiones  Obreras, la postura personal de quienes toman las decisiones en el Ayuntamiento solo va a  provocar más incertidumbre y ansiedad en el profesorado, sólo va a servir para dilatarlo en el  tiempo y complicar aún más una situación ya de por sí gravosa para el Ayuntamiento de  Villena y que bien puede resolverse con diálogo social proactivo.

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