Biar pone en marcha el Plan Reactiva 2022 con ayudas de hasta 3.000 euros
- 12 agosto, 2022
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El Ayuntamiento de Biar ha aprobado la convocatoria de ayudas a empresas, denominadas “Plan Reactiva Biar 2022″, dotadas con un presupuesto de 34.044,00 euros. El objetivo de ellas es minimizar el impacto económico que el COVID-19 está suponiendo sobre pymes, micropymes, pequeños autónomos y profesionales. La anualidad 2022 está destinada a sufragar los gastos corrientes. La convocatoria estará abierta hasta el 4 de septiembre y este programa cuenta con la financiación de la Diputación de Alicante.
Los solicitantes de las ayudas deberán aportar necesaria la documentación para demostrar que su facturación durante 1 de julio de 2021 y hasta el 30 de junio de 2022 de este año es inferior o igual al mismo periodo de 2019. La ayuda establecida en estos casos es de 3.000 euros por solicitud.
La alcaldesa de Biar, Magdalena Martínez, ha indicado que “sabemos que las empresas siguen sufriendo los efectos del Covid-19, por lo que nos hemos adherido al programa de la Diputación Provincial”. “Con esta acción queremos apoyar a los empresarios y empresas de la localidad que facilitan la creación de empleo en unos tiempos de tanta dificultad”.
Los conceptos subvencionables de estas ayudas son:
- Los gastos de consultoría y asesoría.
- Los gastos de contratos de suministro de energía y agua del local de negocio, referidos necesariamente al local de negocio y/o actividad.
- Los gastos de servicio de telefonía e internet referidos necesariamente a la actividad.
- Los gastos mensuales de contratos de servicios de seguridad del local de negocio. – Los gastos de contratos de mantenimiento de equipos afectos a la actividad.
- Los gastos de intereses de préstamos de adquisición del local de negocio, debiendo figurar como titular del préstamo la persona física/jurídica solicitante de la ayuda. No es subvencionable la cuota de amortización (sólo la cuota de intereses). – – Las primas de seguros del local de negocio y/o del vehículo comercial afectó a la actividad empresarial, debiendo figurar como titular la persona física/jurídica solicitante de la ayuda.
- El alquiler de vehículos comerciales afectos 100% a la actividad.
- Los gastos de intereses de préstamos de adquisición de vehículos comerciales afectos 100% a la actividad debiendo figurar como titular del préstamo la persona física/jurídica solicitante de la ayuda.