Cobros voluntarios de impuestos
- 5 marzo, 2009
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Se pone en conocimiento de los contribuyentes y demás interesados que a partir del próximo día 2 de marzo y hasta el 8 de mayo de 2009, ambos inclusive, tendrá lugar el cobro voluntario de:
Gestionado por Suma. Gestión Tributaria:
- Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica
Gestionados por el Ayuntamiento:
- Entradas de vehículos. Ocupación subsuelo y vados.
El pago de recibos no domiciliados, deberá efectuarse mediante la presentación del documento de cobro, que se remitirá al domicilio del contribuyente, de la siguiente forma:
- En las sucursales autorizadas de las siguientes Entidades Colaboradoras:
El pago podrá efectuarse durante todo el período de cobranza en las Entidades mencionadas. Y también, mediante las siguientes modalidades:
– BANESTO
– BANCO HERRERO
– BANCO POPULAR
– BANCO DE SABADELL ATLÁNTICO
– BANCO SANTANDER
– BANCO DE VALENCIA
– BBVA
– CAIXAALTEA
– CAIXA CALLOSA
– CAIXAPETRER
– CAJA MADRID
– CAJA MURCIA
– CAJA RURAL CENTRAL
– CAM
– “LA CAIXA”
– RURALCAJA
– SOLBANK
EN CAJEROS AUTONÁTICOS
– CAM
– CAJA MURCIA
– RED DE CAJEROS 4B
– SERVICAIXA DE “LA CAIXA”
– BBVA
– CAJAMADRID
POR INTERNET
– www.cam.es (Cam Directo)
– www.cajamadrid.es (Caja Madrid)
– www.bancosantander.es (Supernet)
– www.banesto.es (BANESNET)
– www.bbva.es (BBVA NET)
– www.lacaixa.es (LINEA ABIERTA)
CON TARJETAS DE CRÉDITO EN SUMA GESTIÓN TRIBUTARIA.
OFICINAS TRIBUTARIAS.
OFICINA VIRTUAL: con DNI electrónico, Certificado Digital autorizado o si es usuario de CAM DIRECTO o BBVAnet.
- 4B
- EURO 6000
- SERVIRED
En caso de no recibirse en el domicilio del contribuyente el documento de cobro por extravío del mismo, los contribuyentes podrán obtener un DUPLICADO, del siguiente modo:
- En la oficina tributaria de carácter permanente de Suma Gestión Tributaria sita en su municipio en C/ Jacinto Benavente nº10, y en cualquiera de las oficinas de Suma existentes en la Provincia durante todo el período de cobranza.
La no recepción del documento de cobro por el contribuyente no eximirá a éste de la obligación del pago, debiendo obtener un duplicado del modo indicado.
El horario de atención al contribuyente de las Oficinas Tributarias será de 8,30 a 14,00h.
Se recuerda la posibilidad de domiciliar el pago de los recibos a través de las Entidades bancarias y Cajas de Ahorro, con arreglo a las normas señaladas en el artículo 38 del Reglamento General de Recaudación.
A partir del día 9 de mayo, inclusive, todos los recibos pendientes de pago incurrirán en los recargos del período ejecutivo en los términos de los artículos 26 y 28 de la Ley 58/2003, General Tributaria, devengando intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan.
Villena, 5 de Marzo de 2009.
Fdo. Celia Lledó Rico
Alcaldesa de Villena.