Los juzgados de Villena implantan la mediación intrajudicial en Familia

  • 23 julio, 2015
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Los juzgados de Villena implantan la mediación intrajudicial en Familia

La delegación de Villena del Colegio de Abogados de Alicante (ICALI) pone en marcha un servicio de mediación intrajudicial en Familia. Se trata de casos de separación o divorcio en los que el juez deriva a las partes al servicio de mediación, con el fin de que lleguen a un acuerdo previo a una sentencia. Hasta el momento, este servicio se ha implantado en la mayoría de los partidos judiciales de la provincia de Alicante, excepto en Ibi y San Vicente. El coste para las partes es gratuito y se atenderán los casos el primero y tercer viernes de cada mes, según indicó el delegado del colegio profesional en Villena, José Lobregat.

Por su lado, Encarna Leal, abogada mediadora e integrante de la comisión ejecutiva de la sección de mediación del Colegio de Abogados de Alicante, explica que «en el caso de la mediación intrajudicial -es decir, la que se lleva a cabo en asuntos ya judicializados- se impide al abogado que está al frente de un procedimiento ser el mediador en el mismo». Además, la mediación está sujeta a confidencialidad. Y, la información entregada de forma verbal o escrita durante las sesiones no puede divulgarse por el mediador o por las partes o terceros ni ser utilizada como medio de prueba, salvo en los casos previsto en la ley.

Esta presentación, según indica Lobregat, aliviará la carga de trabajo de alguno de los tres juzgados locales, sobre todo del colapsado número tres. De hecho, su objetivo es constituir un eficaz instrumento para dar solución a determinados litigios que, con su judicialización, se ven en ocasiones agudizados, sobre todo, en aquellos procedimientos en los que las partes tienen y van a seguir teniendo en el futuro intereses comunes.
En este sentido, Leal señaló que «la experiencia que se tiene en Alicante es muy satisfactoria» y advirtió que «no tenemos estadísticas, pero teniendo en cuenta que quien acude a este servicio en vía intrajudicial ya ha interpuesto una demanda, la resolución del desacuerdo antes que el juez dicte sentencia puede superar el 40%».

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